CÓDIGO DE ÉTICA, TRANSPARENCIA Y CONDUCTA CORPORATIVA
"AURORA: LONGEVIDAD CON PROPÓSITO”

I. DECLARACIÓN DE IDENTIDAD Y NATURALEZA BIC AURORA Enterprises S.A.S. BIC no solo busca la rentabilidad económica, sino la transformación de la narrativa del envejecimiento como pilar fundamental de su objeto social. Este Código de Ética y Conducta es un instrumento normativo vinculante que rige de manera estricta e inexcusable a nuestras socias, directivas, colaboradores, facilitadores, contratistas y aliados estratégicos. Su cumplimiento garantiza la materialización de nuestra misión: generar un impacto positivo, medible y transformador en la población mayor de 50 años y en el ecosistema empresarial latinoamericano.

II. NUESTROS PILARES ÉTICOS Y CONDUCTA ANTIDISCRIMINATORIA

  1. Anti-Edadismo (Core del Negocio): Nos comprometemos irrestrictamente a combatir cualquier forma de discriminación por edad (ageism/edadismo) tanto a nivel interno como en el relacionamiento externo. Queda terminantemente prohibido el uso de lenguaje excluyente o sesgado. Toda comunicación, desarrollo de producto y consultoría de AURORA debe ser dignificante, potenciando la autonomía y visibilizando el valor estratégico de la persona mayor.
  2. Interseccionalidad y Equidad: Operamos bajo una estructura directiva liderada en su totalidad (100%) por mujeres. Promovemos un ambiente de trabajo libre de sesgos, garantizando la equidad interseccional y brindando garantías plenas de no discriminación a mujeres, latinos, población afrodescendiente, población indigena, población LGTBQ+ y a todas las diversidades poblacionales. Esta diversidad no es una política de cuotas, es nuestra mayor ventaja competitiva.
  3. Transparencia en los Servicios: En nuestros programas, como "Potencia Plateada", eventos como "Silver Summit”y procesos de "Silverización", garantizamos que la información entregada a las empresas clientes sea veraz, comprobable y orientada a la resolución real de los retos de la transición demográfica.

III. TRANSPARENCIA, GOBERNANZA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS

  1. Límites de Autoridad y Protección Patrimonial: En estricto apego a nuestros estatutos registrados, ningún directivo, empleado o contratista podrá obligar a la sociedad en actos, contratos, endeudamientos, constitución de garantías o enajenación de activos que superen la cuantía de doscientos cincuenta millones de pesos colombianos ($250.000.000 COP) sin contar con la autorización previa, expresa y por escrito de la Asamblea General de Accionistas.
  2. Declaración y Gestión de Conflictos de Interés: Es obligatorio declarar de manera inmediata cualquier vínculo personal, económico o familiar que pueda comprometer la imparcialidad en proyectos de consultoría corporativa o política pública.
  3. Prohibición de Competencia Desleal: El personal vinculado a AURORA no podrá aprovechar, para beneficio propio o de terceros, oportunidades de negocio descubiertas en la ejecución de sus funciones. Queda estrictamente prohibida la prestación de servicios paralelos, asesorías o consultorías a competidores directos en temas de "economía plateada" utilizando la reputación, los contactos o las metodologías de AURORA. Ningún regalo o invitación externa influirá en nuestras decisiones corporativas.

IV. ESTÁNDARES DE CONDUCTA CON ALIADOS, CLIENTES Y COMUNIDAD PLATEADA

  1. Protección en Espacios y Eventos: En encuentros como el Silver Summit y programas presenciales, AURORA mantiene una política de cero tolerancia hacia cualquier acto de violencia, intimidación, hostigamiento o acoso (laboral o sexual). Exigimos de nuestro equipo un trato accesible, empático, profesional y ético hacia todos los asistentes, ponentes y proveedores, velando especialmente por la protección y dignidad de las personas mayores de 50 años.
  2. Resguardo de la Confianza Comercial: Ningún colaborador está autorizado a asumir compromisos, prometer resultados financieros o médicos, o ceder derechos en nombre de AURORA frente a clientes y prospectos sin la delegación expresa de la Representación Legal.

V. COMPROMISOS DE OPERACIÓN (PRÁCTICAS BIC Y SOSTENIBILIDAD)

  1. Ética Digital y Responsabilidad Remota: Nuestro modelo de operación es 100% remoto, fundamentado en la confianza, la flexibilidad y la autonomía responsable. Nos comprometemos al uso lícito y productivo de los activos digitales entregados por la empresa (CRMs, dashboards, redes sociales).
  2. Política Ambiental "Cero Papel": En cumplimiento de nuestros compromisos ecológicos como empresa BIC, prohibimos la impresión física innecesaria en nuestros procesos administrativos. Consolidamos el uso de firmas electrónicas (ej. ZapSign) y la digitalización documental como nuestro estándar obligatorio de sostenibilidad operativa.
  3. Salvaguarda de la Propiedad Intelectual: Los manuales, arquitecturas de growth, metodologías formativas de "Potencia Plateada" y bases de datos son el activo más valioso de AURORA y están protegidos por las leyes de derechos de autor. Queda absolutamente prohibida su copia, reproducción, distribución, sublicencia o uso para la creación de programas competitivos externos.

VI. PROTECCIÓN DE DATOS SENSIBLES Y CONFIDENCIALIDAD Dado que AURORA gestiona perfiles de altos ejecutivos, aliados corporativos y población sénior, la organización adopta los más altos estándares exigidos por la Ley 1581 de 2012.

  1. Deber de Reserva Vitalicia: Todo miembro de AURORA se obliga a mantener absoluta confidencialidad sobre las estrategias, datos personales y secretos empresariales a los que tenga acceso.
  2. Uso Legítimo de la Información: Queda estrictamente prohibido extraer datos de nuestros sistemas, plataformas de afiliados (ej. Hotmart) o CRMs (ej. HubSpot) para fines distintos al impacto social y la formación delegada por la empresa. Las credenciales tecnológicas son personales e intransferibles.

VII. MECANISMO DE REPORTE (LÍNEA ÉTICA) Y RÉGIMEN SANCIONATORIO

  1. Canal de Denuncias Seguro: Cualquier incumplimiento a este código, comportamiento sospechoso o dilema ético debe ser reportado de manera directa al correo oficial: aurora@auroraglobal.com.co. AURORA garantiza la investigación rigurosa, la confidencialidad absoluta del reportante y una estricta política de cero represalias para quien informe de buena fe.
  2. Aplicación Sancionatoria: La infracción de las presentes directrices constituye una falta gravísima que faculta a AURORA Enterprises S.A.S. BIC para dar por terminada la relación laboral o contractual por justa causa de forma inmediata. Asimismo, la organización ejecutará las acciones penales, civiles y el cobro de las cláusulas penales pecuniarias pactadas contractualmente (las cuales pueden ascender hasta 25 SMLMV o la indemnización integral de los perjuicios y lucro cesante) para proteger el patrimonio y la reputación de la empresa.

Aprobado por:

YUSLEIDI PAOLA SERJE SAENZ                                        
Representante Legal
AURORA ENTERPRISES S.A.S. BIC.
VoBo: Junta Directiva.